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FAQ’s

    Ampliar/cerrar
  • ¿Dónde puedo consultas si un vehículo (auto o moto), tiene infracciones

    Usted puede consultar las infracciones de tránsito en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor. Se le informará las infracciones que tengan en las jurisdicciones con las que esta Dirección Nacional ha suscripto Convenio para el cobro de las infracciones de tránsito.
    Este informe se puede pedir en el Registro del Automotor donde está radicado el vehículo o en cualquier otro.

  • ¿En qué casos el Registro del Automotor realiza la consulta a la base de infracciones?

    Ante la presentación por parte del usuario de algunos trámites en el Registro del Automotor, se realiza la consulta a la base de infracciones. Si el vehículo no tuviera deuda de multas por infracciones de tránsito, el Registro emitirá el certificado de inexistencia de actas pendientes.
    Por el contrario, si el vehículo tuviera infracciones en alguna de las jurisdicciones consultadas, usted podrá abonarlas en sede del Registro. En este caso, se le entregará el certificado de inexistencia de actas pendientes.
    Si usted tuviera esas infracciones ya abonadas, podrá acreditar el pago de las mismas en el Registro.

  • ¿Qué documentación solicitar al vendedor al adquirir el automotor?

    Formulario 08 firmado por el titular y su cónyuge, si es casado.(si van juntos al Registro -VENDEDOR Y COMPRADOR- efectuar la precarga -20 % de descuento- 08D).
    CETA. Certificado de Transferencia en rodados valuados en más $100.000. El vendedor/a debe obtenerlo en la página web de AFIP con su clave fiscal, o bien en el 0800 que el organismo recaudador informa en dicha página.
    -Título del Automotor o la Constancia de Asignación del Título digital (CAT) en su caso.
    Cédulas de identificación del automotor.
    Libre deuda de patentes y multas.
    Certificado de dominio (no es obligatorio pero informa la situación real registral del automotor y su titular).
    Verificación física (policial) de la unidad, en algunos casos es obligatoria para registrar la transferencia, y en los casos en que no, puede practicarse voluntariamente a los efectos de constituir la buena fe contemplada en los artículos 1895 y 1902 del Código Civil y Comercial de la Nación.

  • ¿Qué es el informe de dominio, para qué sirve y quién puede solicitarlo?

    El informe de dominio lo puede solicitar cualquier persona mayor de edad y contiene la situación jurídica del automotor y de su titular.

    Con el informe las personas tienen la posibilidad de conocer en qué condiciones está el rodado que van a adquirir o saber quién es el responsable de un vehículo para reclamar por daños causados.

    Se solicita en los registros mediante el Formulario TP y también online: se pide y se paga por internet y se recibe por correo electrónico